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Solicitamos presupuesto para la siguiente consulta:
Somos una empresa Española con sede en Francia dedicada a la exportación – importación de vehículos nuevos y semi-nuevos.
Compramos directamente a Importadores Europeos y vendemos a Concesionarios Oficiales Europeos y Multi-marcas del mismo origen.
No actuamos como comisionistas, nuestra cartera de proveedores nos factura a nuestra sede Francesa y ésta factura a nuestra cartera de clientes.
El transporte lo gestionamos contratando los servicios a empresas de transporte internacional. La flota sale de las instalaciones del Proveedor (Europa) y haciendo una parada previa en territorio Francés, es posteriormente transportada a las instalaciones de nuestros Clientes (Europa).
Por tanto contamos con dos cmr que justifican el circuito comercial desarrollado por la flota hasta llegar al destino final; (cmr 1º: importador oficial europeo-francia / cmr2º: francia-concesionario oficial europeo o multi-marca europeo).
De esta forma salvaguardamos la identidad de nuestra cartera de clientes en lo que respecta a nuestra cartera de proveedores.
La problemática nos ha surgido cuando hemos comprado al Importador español (Volkswagen España) y vendido a nuestro cliente en Suiza (exportación extracomunitaria).
Atendiendo estos aspectos, entendemos que es una operación triangular extracomunitaria mixta ya que tanto nuestro proveedor como nosotros pertenecemos a la unión europea y nuestro Cliente es extracomunitario.
Esta misma operativa de compra-venta la hemos realizado anteriormente en 4 ocasiones y todas se han resuelto satisfactoriamente excepto en la última en la que el inspector de aduana en la Junquera ha desestimado el despacho de los vehículos.
En el despacho de aduanas presentamos los siguientes documentos para solicitar el EURO 1:
- Permisos de circulación selladas por bajas por exportación
- Justificante de las bajas
- Fichas técnicas
- Coc
- Factura y contrato de compra-venta ( Importador Oficial Español-Nuestra sede Francesa)
- Factura y contrato de compra-venta (Nuestra sede Francesa-Cliente final Suizo)
El inspector justifica el rechazo alegando que en los permisos de circulación (sellados por baja exportación) figura el Importador Oficial Español como titular y por lo tanto deben ser ellos los que figuren como titulares de la exportación.
En caso contrario, nos exige ser titulares de la flota previa ejecución de las bajas para exportación.
Tras consultar con nuestro asesor Francés, éste nos confirmó que la operación que estamos haciendo se ajusta a la normativa legal y que posiblemente el inspector no llegó a entender bien del todo. Así que optamos por presentar los papeles en el despacho de Irun aportando además el eori (que nos acredita como exportadores para la venta). Todo transcurrió con normalidad y pudimos realizar finalmente el despacho de aduana.
Esta incidencia nos ha supuesto un sobre coste económico importante por el desvío de ruta e inmovilización del camión durante más de 24h.
Ante esta situación, y teniendo en cuenta que tenemos previstas nuevas operaciones de compra-venta que afectan Suiza, queremos evitar una situación de rechazo similar por parte de inspectores.
Por este motivo necesitamos confirmar que la operativa documental que realizamos es totalmente legal y se ajusta a la normativa Europea en materia de exportaciones extracomunitarias (Suiza) y disponer del documento fuente donde lo confirme para en su caso presentar al inspector.
Category Legal
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