Sobre este proyecto
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Abierto
En efecto, la complicidad omisiva, exige la posición de garante en el omitente, de modo que la omisión facilite el resultado delictivo. Sin embargo, en la STS 234/2010, de 11 de marzo, se absolvió a los dos acusados como cómplices por omisión que eran socios al 50% con el tercer acusado y formaron parte del Consejo de Administración durante 10 años, porque no existía posición de garante, debían desempeñar sus propias conductas de forma correcta e informarse de la marcha de la sociedad pero sin especial obligación de vigilancia de las actuaciones de los demás porque nada indicaba que el cumplimiento de sus funciones pudiera haber conducido al conocimiento de las actuaciones delictivas del coacusado, que actuaba con apariencia de licitud y de forma oculta procedía a hacer suyas las cantidades recibidas.
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¿Es un proyecto o una posición? Un proyecto
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